Lahistoria se ha repetido frecuentemente. Se inicia un procedimiento administrativo que cuenta con un plazo m谩ximo de caducidad. Se recurre la defectuosa notificaci贸n de la resoluci贸n final (por haberse publicado edictalmente cuando no proced铆a, por haberse excedido el plazo del segundo intento, por haberse notificado en domicilio o
LaSentencia del Tribunal Supremo de 23 de diciembre de 2022 (ECLI:ES:TS:2022:4850) concluye que, a los efectos del plazo m谩ximo de caducidad del procedimiento, es suficiente y bastante un 煤nico intento de notificaci贸n dentro de dicho plazo m谩ximo, si bien, para que la notificaci贸n despliegue todos sus efectos, es
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